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LEGISLACION
APICOLA
Información
de carácter público.
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Nacional |
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Código
Alimentario Argentino:
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Establecimientos apícolas: |
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Buenas
prácticas de Manejo (BPM) y Procedimientos Operativos
Estandarizados de Saneamiento (POES):
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Residuos
y contaminantes:
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Tipificación por origen botánico:
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Provinciales:
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Legislación
por provincias
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Comite consultor / asesor
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Registro Nacional de Productores (RENAPA)
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La
información de esta sección es obtenida de
diversas fuentes, entre ellas organismos oficiales y públicos.
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¿Cómo
hacer tramites apícolas?
Información
de carácter público.
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La apicultura argentina se encuentra
regida por diversas normas y se requieren determinados trámites
para comercializar productos apícolas, trasladarse o instalar
una planta de extracción o fraccionamiento en el territorio nacional.
El Programa Miel 2000, que lleva adelante la Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Alimentación de la Nación, tiene como uno de
los objetivos principales informar al productor apícola ya que
la información, en la actualidad, es una herramienta de competitividad
muy importante.
A continuación se detallan los trámites más frecuentes que debe
realizar todo productor apícola:
1- Pasos a seguir para instalar y habilitar los establecimientos
apícolas
2- Registro en el RENSPA
3- Despacho de colmenas
4- Proveer patrones y muestras certificadas para análisis de
residuos de medicamentos y contaminantes
5- Pasos a seguir para inscribirse como exportador
6- Inscribir en el registro de exportadores e importadores de
productos apícolas
7- Certificar el origen y sanidad de miel y derivados apícolas
con destino a la exportación
8- Certificar la calidad y sanidad de productos apícolas con
destino a la exportación
9- Autorizar la importación de productos apícolas
10- Autorizar envases y equipamiento en contacto con alimentos
11- Etiquetado de la miel
12- Inscribir un Laboratorio en la Red Nacional de Laboratorios
Autorizados
13- Propoleos
13 a- Productos con agregados de Propóleos
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1- Pasos
a seguir para instalar y habilitar los establecimientos apícolas
Deberá obtener las especificaciones edilicias para la
planta en el Municipio donde desea instalarse. En el Capítulo
II del Código Alimentario Argentino se encuentran las características
generales con las que debe contar una fábrica o comercio de alimentos.
En el caso específico de los productos apícolas se encuentra en
vigencia la Resolución Nº220/95 del SENASA la cual establece las
condiciones edilicias de las plantas de extracción, fraccionamiento,
depósito o acopio de estos productos.
Documentación necesaria para obtener la habilitación:
-
Nota dirigida al Director del organismo habilitador
(Municipio o Ministerio de Salud provincial) informando sobre
la intención de instalar una industria alimentaria. El Municipio
otorgará el Nº RPE (Registro Provincial de Establecimientos),
que habilita la instalación.
-
Copia del plano de la planta.
-
Detalle de la naturaleza del proyecto (tipo de empresa,
productos a elaborar, sistema de tratamientos de efluentes,
etc.).
-
Fotocopia del C.U.I.T. del propietario.
-
Fotocopia del contrato social, si se trata de una Razón
Social.
Además, para cada producto que vaya
a elaborar debe obtener el Nº RPPA (Registro Provincial
de Productos Alimenticios) en el Municipio al cual pertenece la
empresa, que lo habilita para la comercialización en todo el país.
Documentación necesaria:
-
Datos del titular del producto (propietario)
-
Datos del director técnico, cuando el proceso de elaboración
lo requiera
-
Marca propuesta y denominación según el Código Alimentario
Argentino
-
Condiciones y período de conservación del producto
-
Composición y técnicas de elaboración
-
Volumen y peso neto de la unidad de venta
-
Descripción de los materiales del envase y autorización
para su uso
-
Indicación del establecimiento propio o de terceros
donde se ha de elaborar o fraccionar el producto.
-
Análisis físico-químico y/o bacteriológico del producto
en un laboratorio habilitado a tal fin.
Los dos primeros dígitos del Registro
indican la provincia que lo otorgó. (Por ej.: 02 corresponde a
la provincia de Buenos Aires).
Si el trámite se realiza en la Capital
Federal, el registro se denomina RMPA (Registro Municipal
de Productos Alimenticios).
Si la comercialización se realizará
sólo dentro del territorio provincial debe gestionar el número
de registro PAMS (Producto Aprobado por el Ministerio de
Salud de la provincia correspondiente).
Resumiendo: para instalar una
planta productora, fraccionadora, etc. y comercializar en el mercado
interno deberá contar con:
Una vez la planta ha sido habilitada
por el Municipio y/o Gobierno Provincial se debe realizar la habilitación
nacional en el SENASA.
El arancel, de acuerdo al tipo de
establecimiento a habilitar se detalla a continuación :
Establecimientos de extracción
de miel :
Habilitación e inscripción: $
200
Transferencia o baja: $ 100
Establecimientos acopiadores y
depósitos
Habilitación e inscripción: $
400
Transferencia o baja: $ 200
Establecimientos procesadores y
fraccionadores
Habilitación e inscripción: $
500
Transferencia o baja: $ 250
Establecimientos de Extracción y/o
Acopiadores y Depósitos y/o Procesadores y Fraccionadores de miel
Habilitación e inscripción: $
600
Transferencia o baja: $ 300
Toda la documentación deberá presentarse
por duplicado y debidamente firmada por el titular o en su defecto
por apoderado legal, debidamente acreditado, mediante autorización
certificada por escribano público nacional o juez de paz.
La documentación deberá presentarse
en la Coordinación de Establecimientos Lácteos y Apícolas del
Sevicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA)
en Av. Paseo Colón 367 6ºp. - Contrafrente (1063) Ciudad de Bs.
As. - Tel: (011) 4342-2781
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2- Registro
en el RENSPA
Donde se realiza: Unidad Veterinaria Local de su jurisdicción
Horario de atención: de lunes a viernes de 7:00
a 14:00 hs.
Documentación requerida:
* Declaración Jurada.
Para nuevos Productores:
* Documento de identidad.
En caso de tratarse de sociedades legalmente constituidas,
copia del testimonio constitutivo de la misma.
* Título de propiedad o contrato de arrendamiento y/o
aparecería.
* CUIT
* Acreditación de titularidad de hacienda con vacunaciones
cumplimentadas (si en el acto incorpora la hacienda).
* Permiso Sanitario para Tránsito de animales (si en el
acto incorpora animales)
¿Quién puede efectuarlo?: Titular, y/o apoderado.
¿Es arancelado?: No
Duración: En el acto.
Documentación que se otorga: Credencial RENSPA (Registro Nacional Sanitario del Productor
Pecuario)
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3- Despacho
de colmenas
Donde se realiza: Comisión
Local de SENASA de su jurisdicción.
Horario de atención: de lunes a viernes
de 7:00 a 14:00 hs.
Documentación requerida:
* RENSPA
* Solicitud
de inspección y de emisión del certificado.
Quién puede efectuarlo: Titular, representante
y/o apoderado.
¿Es arancelado?: SI
Duración: 48 - 72 horas.
Documentación que se otorga:
* P.S.T.A./D.T.A.
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4- Proveer
patrones y muestras certificadas para análisis de residuos de
medicamentos y contaminantes.
Donde se realiza:
Av. Fleming 1653, (1640) Martínez, Buenos Aires, Tel.:
(011) 4836-0030/0034
Dirección de Laboratorios y Control
Técnico - SENASA. Coordinación Laboratorio Animal
Horario de atención:
de 8:30 a 14:30 hs.
Documentación requerida:
* Nota del interesado, detallando
el tipo y concentración de muestra/patrón.
¿Quién puede efectuarlo?: cualquier persona física o jurídica.
¿Es arancelado?: Si. Valor aproximado $ 200.-
Duración: Depende del tipo de patrón/muestra solicitado.
Documentación que se otorga:
* Certificado donde constan datos
de la muestra/patrón y su concentración/es.
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5- Pasos
a seguir para inscribirse como exportador
-
El primer requisito para realizar una operación de exportación
es inscribirse en el Registro de la Dirección General de Aduanas
-ex Administración Nacional de Aduanas-. Este trámite se realiza
una sola vez y es válida para efectuar operaciones de exportación
y/o importación. El número de inscripción obtenido lo habilita
para operar a través de cualquier Aduana del país.
-
Pueden inscribirse personas físicas o jurídicas y los trámites
de exportación pueden ser realizados por el Despachante de
Aduana.
Documentación necesaria:
-
Nota dirigida al señor Director General de Aduanas solicitando
dar trámite a la inscripción como exportador.
-
Tres ejemplares del Formulario OM-1228-E Declaración Jurada. Si
el trámite no es realizado por el interesado, las firmas deberán
estar autenticadas por un Escribano Público.
-
El Estatuto Social y/o Poder, si se trata de una Razón Social.
-
Copia del C.U.I.T. En la presentación deberá contar con el original,
a efectos de que la Aduana certifique la copia.
-
Original y copia del último recibo de pago de Aportes Previsionales
del que suscribe como exportador. El original será devuelto
ante la presentación.
Si desea exportar un producto determinado (por ejemplo,
miel fraccionada con marca) deberá conocer:
-
La posición arancelaria del producto a comercializar (Miel es 0409)
-
El régimen de reintegros dispuesto por el Estado para cada producto
(5,4 % miel a granel y 12% miel fraccionada)
-
El régimen de exención del IVA e Ingresos Brutos. Todas las mercaderías
exportadas están exentas de impuestos.
-
Los requisitos sanitarios, aranceles u otros aspectos exigidos
por el país de destino.
Si Usted desea obtener información
sobre perfiles de mercado para determinados productos alimenticios
puede recurrir a la Fundación ExportAR, a las Cámaras de Comercio
o a las Embajadas y Consulados instalados en Argentina.
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6- Inscribir
en el registro de exportadores e importadores de productos
apícolas
Donde se realiza:
a) Presentación de documentación: Paseo Colón 367, 5 Piso.
b) Retiro de constancia de inscripción: Paseo Colón 367,
5 Piso.
Horario de atención: de 9:30 a 13:00 y 14:00 a
16:00 hs.
Documentación requerida:
* Solicitud de inscripción por nota en papel membretado
de la firma.
* Constancia de inscripción ante la ADMINISTRACION NACIONAL
DE ADUANA.
* Constancia de inscripción ante la DIRECCION GENERAL
IMPOSITIVA.
* Copia del Contrato o Estatuto Social de la firma.
* En el caso de ser unipersonal se adjuntará Certificado
Policial de domicilio real.
¿Quién puede efectuarlo?: Titular, representante
y/o apoderado.
¿Es arancelado?: Si
Servicios Requeridos: Decide el usuario ante la
urgencia de la operación.
Duración: Setenta y dos (72) a noventa y seis (96)
horas.
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7- Certificar
el origen y sanidad de miel y derivados apícolas con destino a
la exportación
Donde se realiza: Paseo Colón 367, PB. (1063) Buenos
Aires
Tel.: (011) 4345-4110 / 4112; (011) 4331-6041 / 49 internos 1028
/ 29 / 30 / 31 / 32
Coordinación de Certificación de Productos Lácteos y Apícolas
Horario de atención: de 9:30 a 13:00 y 14:00 a
16:00 hs . Para retiros de certificados con carácter de urgente
el mismo se extiende hasta las 19:00 hs.
Documentación requerida:
* Presentación del aviso de embarque debidamente conformado
por la firma exportadora.
* Presentación de la matriz del permiso de embarque de
la Dirección Nacional de Aduanas.
* Confirmación de aviso de embarque (primer item), fecha
y hora de ingreso de la mercadería a exportar a zona portuaria,
paso fronterizo o depósito fiscal para su verificación.
* Declaración Jurada Zoosanitaria, y cumplido de embarque
para la emisión del certificado definitivo.
¿Quién puede efectuarlo?: Titular, representante
y/o apoderado.
¿Es arancelado?: Si, original $ 20,00; copia $
3,20
Servicios Requeridos: Decide el usuario ante la
urgencia de la operación.
Duración: Presentación matriz del permiso de embarque
(segundo item): al momento de su presentación.
Declaración Jurada Zoosanitaria (cuarto item): cuarenta
y ocho (48) a setenta y dos (72) horas. Con carácter de urgente
plazo máximo veinticuatro (24) horas.
Documentación que se otorga:
* Certificado Zoosanitario
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8- Certificar
la calidad y sanidad de productos apícolas con destino a la
exportación
Donde se realiza: Paseo Colón 367 P.B., (1063)
Capital Federal - Tel.: (011) 4345-4110/4112 int. 1028/29/30/31/32
Coordinación de Certificación de Productos Lácteos y Apícolas
Horario de atención: de 9:30 a 13 y 14 a 16 hs.
Para retirar certificación con carácter de urgente el mismo se
extiende hasta las 19:00 hs.
Documentación requerida:
* Presentación de solicitud de certificación en papel
membretado de la firma interesada, indicando el carácter de la
misma. De acuerdo al caracter de la misma podrá ser solicitada
documentación adicional.
¿Quién puede efectuarlo?: Titular, representante
y/o apoderado.
¿Es arancelado?: No, de solicitar copias adicionales
el arancel es de $ 3,20 c/u.
Servicios Requeridos: Decide el usuario ante la
urgencia de la operación.
Duración: de cuarenta y ocho (48) a setenta y dos (72)
hs. Con caracter de urgente plazo máximo veinticuatro (24) hs
Documentación que se otorga:
* Certificado de calidad para exportación
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9- Autorizar
la importación de productos apícolas
Donde se realiza: Presentación
de documentación: Paseo Colón 367 PB. (Mesa de Entradas) (1063)
Capital Federal - Tel. (011) 4345-4110/2 int. 1030/1/3
Coordinación de Certificación de Productos
Lácteos y Apícolas
Horario de atención: de 9:30
a 13:00 y 14:00 a 16:00 hs.
Documentación requerida:
* Presentación del Anexo I o II según
corresponda, debidamente conformado por la firma importadora,
a ser estudiada por el Area de Certificación de Lácteos y Apícolas
y la Coordinación de Importación de Productos.
* El resto de la documentación a presentar
deberá estar de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución Nº 630/94.
¿Quién puede efectuarlo?: Titular,
representante y/o apoderado.
¿Es arancelado?: No
Servicios Requeridos: Decide
el usuario ante la urgencia de la operación.
Duración: Plazo máximo TREINTA
(30) días.
Documentación que se otorga:
* Autorización de importación
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10- Autorizar
envases y equipamiento en contacto con alimentos
Donde se realiza: Av. Fleming 1653, (1640) Martínez,
Buenos Aires - Tel./ Fax: (011) 4836-1114/16/17/21
Dirección de Laboratorios y Control Técnico. Coordinación
Laboratorio Animal
Horario de atención: martes de 8:30 a 12:00 hs y de 13:00
a 14:00 hs. y jueves de 8:30 a 12:00 hs.
Documentación requerida:
* Formularios:
ENVASES Y EQUIPAMIENTOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS. (FE
2).
¿Quién puede efectuarlo?: Los trámites deben ser
realizados por Personal con poder por parte de la empresa, debidamente
acreditado .
Las consultas deben ser realizadas por Profesionales ó
Técnicos con poder por parte de la empresa, debidamente acreditado
.
Nota A efectos de salvaguardar la confidencialidad
de los trámites, no se aceptarán consultas telefónicas respecto
al estado de los mismos.
¿Es arancelado?: Si. Valor aproximado: entre $
180 y $ 1.500. El costo promedio es de $ 300. Los valores más
bajo se relacionan con la aprobación de un material y los más
altos con envases completos de varios colores.-
Duración: Promedio 30 a 90 días, dependiendo del producto.
Documentación que se otorga:
* Resolución de autorización de uso, en establecimientos
habilitados por SENASA.
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11- Etiquetado
de la miel
El Código Alimentario Argentino establece
las condiciones que deben reunir las etiquetas de los alimentos,
para el caso de venta de miel fraccionada.
La siguiente información debe constar
en todo alimento envasado que se expenda en nuestro país.
-
Denominación y marca del alimento
-
Establecimiento elaborador y razón social del mismo.
-
Números de registro correspondiente (RPE, RNP, RPPA,
RNPA, Nº SENASA o el que corresponda)
-
País de origen, si el mismo fuese importado
-
Identificación del lote
-
Ingredientes según su peso, de mayor a menor, excepto
que se trate de un alimento con un único ingrediente.
-
Contenido neto
-
Fecha de vencimiento. No es obligatorio para algunos
alimentos tales como vinos, vinagres, azúcar, frutas y hortalizas
frescas, productos de panadería y pastelería que se consuman
dentro de las 24 hs de elaborados, caramelos y pastillas,
entre otros.
-
Modo apropiado de uso y precauciones a tener en cuenta.
Además, se puede adicionar la siguiente
información de carácter no obligatorio:
-
Designación de calidad
- Información nutricional
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12- Inscribir
un Laboratorio en la Red Nacional de Laboratorios Autorizados
Donde se realiza: Av. Fleming
1653, (1640), Martínez, Buenos Aires. Tel./Fax: (011)4836-0030/0034.
Dirección de Laboratorios y Control Técnico.
Coordinación Laboratorio Animal. Oficina de la Red de Laboratorios
Horario de atención: de lunes
a viernes de 9:00 hs a 12:00 hs
Documentación requerida:
* Los requisitos técnico administrativos
son arancelados y deberán ser solicitados en la Oficina de la
Red de Laboratorios en el horario de atención o por correo (Formularios
de Inscripción, Directivas y Requisitos Técnicos)
¿Quién puede efectuarlo?: Cualquier
persona física o jurídica, personalmente o por correo.
¿Es arancelado?: Si. Valor aproximado
$ 500.-, dependiendo del rubro analítico solicitado.
Duración: Varía según el rubro
analítico solicitado y de acuerdo al cumplimiento de los requisitos
técnico administrativos por parte del interesado.
Documentación que se otorga:
* Certificado de autorización para emitir
resultados con validez oficial en el rubro analítico solicitado.
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13- PROPOLEOS
A continuación se detallan los requisitos
necesarios para la venta externa de propóleos. En el SENASA se
realizan los trámites relacionados con la exportación de "propóleos
en bruto":
Este trámite se realiza en la Coordinación
de Establecimientos Lácteos y Apícolas – SENASA, quien organiza
los procedimientos de muestreo (Toma de muestras) de
aquellas partidas destinadas al comercio exterior.
Asimismo esta Coordinación inspecciona y fiscaliza el funcionamiento
de las plantas de extracción, acopio, fraccionamiento, y depósito
productos apícolas para su habilitación e inscripción en el
Registro correspondiente.
Esta actividad está reglamentada por la Resolución SENASA N°220/95
de Establecimientos Apícolas, que especifica los requisitos
edilicios e higiénico–sanitarios a los que deben ajustarse las
plantas apícolas para su funcionamiento, como así también se
enumera la documentación que debe presentarse para tramitar
la habilitación.
En productos apícolas, la Coordinación
General de Análisis de Productos Alimenticios y Conexos, del
Laboratorio del SENASA en Martínez, realiza determinaciones
físico químicas de los mismos. Además se hacen determinaciones
microbiológicas, recuento de hongos y levaduras e investigación
de presencia de esporas de Paenibacilus larvae (Loque
americana).
También, esta Coordinación es la encargada de los trámites de
autorización de los envases contenedores de los productos apícolas
y conexos (pinturas, detergentes, desinfectantes, utensilios)
utilizados por la industria en los procesos de elaboración (no
se autorizan equipamientos).
-
El Labortario Central emite el
resultado de los análisis que son enviados a la Dirección
de Tráfico Internacional.
-
Cuando el exportador tiene la
confirmación del embarque debe notificar a esa Coordinación
para ser verificado.
Para cumplir con las exigencias
de los países importadores de productos apícolas, esta área
extiende los certificados zoosanitarios y de aptitud para el
consumo humano, que acompañan el producto en cuestión para su
ingreso al país de destino.
A los efectos de cotejar la veracidad de los datos que contienen
los certificados, la misma Dirección de Tráfico Internacional,
realiza la verificación del embarque respectivo en el paso fronterizo.
Para mayor información: dirigirse
a SENASA:
- Dirección de Fiscalización de
Productos de Origen Animal
Coordinación de Establecimientos Lácteos y Apícolas
Av. Paseo Colón 367 – 6° piso – (1063)
Tel/fax: (011) 4342-2781
Teléfonos: (011) 4345-4110/4112 –
int. 1617/1623
- Dirección de Trafico Internacional
Av. Paseo Colón 367 - P.B.
Tel. (011) 345-4163/4136 int. 1028/1030/1033
- Coordinación de Laboratorios
Av. Fleming 1653 – Martínez (1460)
Pcia de Bs. As.
Tel.: (011) 4836-0030 /0034
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13 a-
Productos con agregados de Propóleos
En el caso específico para los productos
elaborados a base de propóleos, los organismos que intervienen
se detallan a continuación, según el tipo de producto:
CARAMELO Y MIEL CON PROPÓLEOS:
INAL – INSTITUTO NACIONAL DE ALIMENTOS
Mesa de Entradas
Estados Unidos 25 – Ciudad de Buenos
Aires
Tel: (011) 4340-0800 int. 3541
Fax: int. 3503
DIRECCIONES DE BROMATOLOGÍA PROVINCIALES
TINTURA DE PROPÓLEOS
Según las indicaciones que se incluyan
en la etiqueta, referido a los posibles usos, se aprobará de
la siguiente forma:
Como suplemento dietario:
INAL – INSTITUTO NACIONAL DE
ALIMENTOS
Mesa de Entradas
Estados Unidos 25 – Ciudad de Buenos
Aires
Tel: (011) 4340-0800 int. 3541
Fax: int. 3503
Como medicamento (se registra
como Fitoterápico)
INAME – INSTITUTO NACIONAL DE MEDICAMENTOS
Av. Caseros 2161
Tel: (011) 4340-0800 int. 2662
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