INSPECTOR SANITARIO APICOLA
Durante
el mes de octubre del año 2004 se llevará a cabo
la actualización y reválida para Inspectores Sanitarios
Apícolas acreditados en la Provincia de Buenos Aires.
La asistencia
es obligatoria para mantener la condición de inspector
sanitario apícola y conservar la credencial que lo habilita.
Con
la finalidad de actualizar sus datos, confirmar su asistencia
y recibir mayor información se solicita comunicarse antes
del 30 de septiembre a la siguiente dirección de correo
electrónico: apicultura@senasa.gov.ar
Reválida
y actualización de Inspectores Sanitarios Apícolas
Programa
Día
1
Estrategias
de manejo sanitario en relación a productos aprobados
Registro de medicamentos (inscripción de productos)
Metodología de trabajo en planes sanitarios
Vigilancia epidemiológica de enfermedades exóticas
Talleres sobre situación de casos hipotéticos,
Experiencias acumuladas por el Inspector (problemas, obstáculos
y aciertos)
Día
2
Evaluación
escrita
Evaluación a campo
PROGRAMA
DE CONTROL Y ERRADICACIÓN DE LAS ENFERMEDADES APÍCOLAS en
la REPUBLICA ARGENTINA
Buenos
Aires, 12 de julio de 2004
Registro
de Establecimientos Apícolas Productores de Material Vivo para
Exportación
Le informamos que
según la Resolución 75/03, todos los estable-cimientos productores
de material apícola vivo tanto para comercialización interna
como externa deberán ser registrados y habilitados por SENASA.
Dicha Resolución, crea el Registro de Establecimientos Apícolas
Productores de Material Vivo para Exportación, e incorpora a partir
del año en curso a los Establecimientos Productores de Material
Apícola Vivo que proveen al Mercado Interno. Establece las responsabilidades
a cumplir por los establecimientos, las oficinas locales del organismo
y el personal de ins-pección, a efectos de asegurar la sanidad
de los productos a comercializar.
Por lo tanto, los
establecimientos interesados en comercializar semen apícola, abejas
reinas, celdas reales, larvas, núcleos, cámaras de cría,
paquetes y cualquier otro producto apícola vivo, deberán
incorporarse a dicho Registro y obtener la habilitación del establecimiento
ajustándose al conjunto de normas y pautas en ellas establecidas.
Las inscripciones
se realizan a través de la Oficina Local de SE-NASA correspondiente
según la ubicación de la cabaña. Los inspectores
sa-nitarios apícolas acreditados por SENASA, serán el apoyo
técnico para la ejecución de esta nueva normativa.
Podrá consultar
datos sobre la Oficina Local del SENASA que le corresponde y el listado
de los Inspectores Apícolas acreditados en la página web:
www.senasa.gov.ar, donde también
podrá consultar el contenido com-pleto de la norma. Cualquier consulta,
podrá hacerla al siguiente correo elec-trónico: apicultura@senasa.gov.ar
Atentamente.
Dirección de Luchas Sanitarias
SE.NA.S.A.
1°
Reunión del Consejo Nacional de Apicultura
Miel:
acciones para enfrentar la emergencia
Se llevó a cabo en la sede de la Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Alimentos, la primera reunión del año
del Consejo Nacional de Apicultura. Fue presidida por el Lic. Claudio
Sabsay, Subsecretario de Política Agropecuaria y Alimentos, y contó
con la presencia de representantes de los sectores público y privado
de Buenos Aires, La Pampa, San Juan, Chubut, Mendoza, Santa Cruz, Neuquén,
Río Negro, Chaco, Entre Ríos, Córdoba, La Rioja,
Santa Fe, y Misiones. además de directivos de la Cámara
de Exportadores, de SADA, FACAP, el INTA, el INTI, el SENASA y el CFI.
También participaron el Director Nacional de Alimentación,
Dr. Daniel Camerano, y el Jefe de Gabinete de la Subsecretaría
de Economía Agropecuaria, Ing. Carlos Milicevic.
El Lic. Claudio Sabsay trazó el marco general de
la reunión, señalando que el principal objetivo del Consejo
es avanzar en la mejora de la calidad de los productos apícolas,
y resaltando la decisiva importancia de producir dando respuesta a los
requerimientos de nuestros clientes.
También se refirió a las diversas medidas
en desarrollo, entre las que se destacan la próxima licitación
para equipar al laboratorio central de SENASA; la categorización
de las empresas exportadoras de acuerdo al establecimiento de mecanismos
de autocontrol de calidad que posibiliten disminuir la presión
de muestreo, y la implementación del sistema de Trazabilidad. Estas
acciones han permitido mantener hasta la fecha todos los mercados abiertos.
El principal tema tratado fue la situación del
sector apícola frente a lo sucedido a partir de la detección
en Inglaterra de sustancias prohibidas (nitrofuranos) en mieles provenientes
de Argentina. A fin de resolver el problema de calidad y de comercialización
que enfrentan los apicultores, se decidió crear 6 comisiones de
trabajo que en el término de 60 días deben generar acciones
concretas dirigidas a mejorar la calidad de la miel argentina y la situación
de los productores.
Las comisiones
conformadas son las siguientes.
• De Negociación Internacional. Es coordinada por la Dirección
Nacional de Mercados Agroalimentarios y su objetivo es tratar con Europa
la elevación de los niveles permitidos de nitrofuranos en mieles.
• De Comercialización. La Coordina la Dirección Nacional
de Alimentación y se ocupará de generar nuevas líneas
de acción para comercializasr productos apícolas tanto en
el mercado interno como en el externo.
• Comisión de Financiamiento. La coordina FINAGRO y realizará
un completo relevamiento de todas líneas crediticias y de ANR (Aportes
No Retornables) disponibles para dar respuesta a los productores afectados
por la actual situación.
• Comisión de Calidad. Es coordinada por la Dirección Nacional
de Alimentación y debe elaborar un protocolo de calidad que permita
a los productores mejorar el sistema productivo y obtener miel libre de
todo residuo.
• Comisión de Investigación y Desarrollo. Su coordinación
es responsabilidad del INTA, que generará los proyectos necesarios
para investigar el origen de los nitrofuranos, su permanencia en la cera
y las mieles y las mejores alternativas para eliminar el problema. Además
relevará la capacidad instalada de los laboratorios existentes
en el país, estudiando alternativas para incrementar la oferta
de análisis actuales.
• Por último, la Comisión de Emergencia Sanitaria Apícola,
coordinada por el SENASA. se encuentra trabajando desde diciembre pasado
y se encarga de evaluar el estado de situación de los nitrofuranos
en las mieles, las inspecciones y decomisos de productos y la realización
de los análisis pertinentes, así como de generar información
que posibilite brindar a los productores las recomendaciones que permitan
asegurar una mejor producción.
Las Comisiones iniciarán
el trabajo encomendado en los próximos días, y tanto los
resultados como los cursos de acción se analizarán en la
próxima reunión del Consejo, que se realizará en
el mes de junio.
EN
OPERATIVOS REALIZADOS EN DEPOSITOS DE PARQUE PATRICIOS Y SARANDI
EL SENASA DECOMISÓ MÁS DE 1.600 KILOGRAMOS
DE MIEL CON NITROFURANOS
(BUENOS AIRES, 23 de febrero
2004) - El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA)
informó que, en el marco de la estrategia diseñada para
resguardar la salud pública y la calidad e inocuidad de las mieles,
decomisó 1.616 kilogramos de miel contaminada con metabolitos enlazados
de nitrofuranos durante dos operativos realizados en depósitos
ubicados en Parque Patricios, Capital Federal, y en la localidad bonaerense
de Sarandí.
Los operativos del SENASA se realizaron tras conocerse los resultados
positivos a la presencia de nitrofuranos en los análisis de las
muestras tomadas oportunamente a la miel contenida en tambores destinados
a exportación.
El operativo realizado en Parque Patricios permitió decomisar,
desnaturalizar y destruir 600 kilogramos de miel destinados a ser exportados
hacia Inglaterra.
En tanto en la localidad de Sarandi se realizó una medida similar
con 1.016 kilogramos de miel, contenido en tres tambores, de un total
de 60, que iban a ser enviados a Italia. El resto de los tambores, tras
comprobarse que los análisis dieron negativos a la presencia de
nitrofuranos fueron liberados para su exportación.
Como parte de las medidas adoptadas para garantizar la sanidad y calidad
de la miel, el organismo sanitario, además, mantiene intervenidos
125 tambores, con unos 37.500 kilogramos de miel a los que se les tomaron
muestras que están siendo analizados con el objetivo de determinar
la presencia de nitrofuranos.
También la semana pasada, el SENASA, suspendió preventivamente
la habilitación de un laboratorio al detectar la comercialización
de Colmesan PH (Polvo), producto no habilitado desde 1997 por contener
un nitrofurano, sustancia prohibida en la apicultura, al tiempo que dispuso,
en todo el territorio nacional, el decomiso de los productos de uso apícola
elaborados por esa firma y dictaminó la interdicción del
resto de los productos veterinarios del laboratorio.
Desde el año 1995 el SENASA por Resolución 248/95 tiene
prohibido el uso de nitrofuranos en productos destinados a especies animales
que den origen a cualquier alimento o insumo alimentario porque su consumo
en cantidad y a largo plazo produce efectos nocivos.
Actualmente las exportaciones de miel argentinas están bajo un
plan de vigilancia establecido por la Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Alimentos (SAGPyA) y el SENASA y, de acuerdo
a las reglamentaciones vigentes, se toman muestras para análisis
de la miel de cada contenedor destinado a la exportación.
La Resolución 353/02 establece la obligatoriedad de que los tambores
de miel destinados a la exportación provengan de salas de extracción
habilitadas, registradas o inscriptas, lo que será determinado
mediante la identificación de los tambores en su zona planografiada
con el número de sala de extracción.
Este número es otorgado por la Coordinación de Lácteos
y Apícolas del SENASA y las Oficinas Locales, mediante presentación
directa de la solicitud de inscripción, registro o habilitación.
En aquellas provincias que suscribieron convenio con SENASA, el trámite
de registro o inscripción debe realizarse en las dependencias de
los ministerios de agricultura y ganadería provinciales.
COMERCIALIZABA
UN PRODUCTO CON NITROFURANOS CUYO USO ESTA PROHIBIDO
EL SENASA SUSPENDIÓ LA HABILITACION DE UN
LABORATORIO DE PRODUCTOS VETERINARIOS
(BUENOS AIRES, 11 de febrero 2004) - El Servicio Nacional
de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) informó hoy que,
en resguardo de la salud pública y la calidad e inocuidad de las
mieles, así como también de los productos veterinarios,
suspendió preventivamente la habilitación del laboratorio
Lavet SRL, ubicado en la localidad de El Palomar, provincia de Buenos
Aires.
Asimismo el organismo sanitario dispuso, en todo el territorio
nacional, el decomiso de los productos de uso apícola elaborados
por esa firma y dictaminó la interdicción del resto de los
productos veterinarios de Lavet SRL.
La Disposición 88/04, de la Dirección de
Agroquímicos, Productos Farmacológicos y Veterinarios del
SENASA, establece también la suspensión en el Registro Nacional
correspondiente de los productos veterinarios de Laboratorios Lavet indicados
para su uso en apicultura a saber: Colmesan Solución; Polivitam;
Colmesan Ahumado y Colmesan Tiras de Liberación Lenta.
La decisión del SENASA se basa en que detectó
la comercialización de Colmesan PH (Polvo) del mencionado laboratorio,
producto no habilitado desde 1997 por contener un nitrofurano, sustancia
prohibida en la apicultura.
El organismo sanitario entendió
que la presencia de una sustancia prohibida, ya sea por acción
u omisión, en un producto veterinario, la existencia real de rótulos
que debieran haber sido destruidos en su momento; más el rotulado
erróneo, según lo admitido por la firma, con el agravante
de que se trata de rótulos de un producto prohibido y no registrado,
constituyen antecedentes de suficiente gravedad que ameritan la determinación
adoptada.
NITROFURANOS
EN MIEL
AVANCES EN LA INVESTIGACION
Y MEDIDAS ADOPTADAS EN DEFENSA DE NUESTRAS EXPORTACIONES Y CONSUMIDORES
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERÍA,
PESCA Y ALIMENTOS
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
(Ministerio de Asuntos Agrarios y Producción)
COMUNICADO OFICIAL
Los entes oficiales arriba enunciados que conforman la
Comisión Permanente de Emergencia Apícola, informan que
semanalmente mantienen reuniones de trabajo en la cuales se evalúan
las acciones a seguir y los avances y resultados logrados a la fecha.
Hasta el momento no se conocía con certeza la verdadera
causa de la contaminación de la miel con nitrofuranos y sus metabolitos,
sustancias prohibidas desde el año 1995. Los organismos involucrados
en la investigación entendían que el origen principal de
esta sustancia en la miel era medicamentoso. Por esta razón, se
procedió a realizar el análisis de sustancias veterinarias
utilizadas en la producción apícola.
En el laboratorio central de SENASA se realizaron 41 análisis
de productos químicos utilizados para realizar tratamientos sanitarios
a las abejas. Entre ellos se encontraban los productos cuyo uso y comercialización
están autorizados por SENASA, los cuales, hasta el momento, arrojaron
resultados negativos. También se analizaron productos ilegales,
algunos de los cuales, según los resultados laboratoriales contenían
nitrofuranos en su composición. Los nitrofuranos encontrados correspondían
a furazolidona que origina el metabolito AOZ, nitrofurazona (metabolito
SEM) y furaltadona (metabolito AMOZ). Las concentraciones en las que se
hallaron las sustancias prohibidas fueron variables, llegando a contener
en algunos casos, hasta más del 4%.
Las áreas específicas del SENASA se encuentran
trabajando en los aspectos legales de cada caso con la finalidad de aplicar
las sanciones correspondientes.
Aún resta profundizar la investigación para
dilucidar todas las causas posibles de contaminación. No se descarta
la posibilidad de que las sustancias residuales en cuestión permanezcan
en la cera y cantidades detectables vayan difundiendo a la miel. Para
confirmar esta hipótesis se debe investigar sobre muestras de cera,
lo que representa la dificultad deque hasta momento no se han desarrollado
las técnicas laboratoriales que permitan analizar la presencia
de nitrofuranos sobre esa matriz.
Por lo expuesto las Instituciones mencionadas insisten
en que se utilicen sólo y exclusivamente productos veterinarios
cuyo uso en apicultura se encuentra autorizado por SENASA.
Cabe aclarar debido a repetidas confusiones y consultas
recibidas, que el producto rotulado como Colmesan PH Polvo, NO se encuentra
autorizado por SENASA.
Este comunicado fue
emitido en forma conjunta por ls SAGPYA, El SENASA y el MAAYP de la
Provincia
de Buenos Aires, el 26 de enero de 2004
SECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Enero de 2004
Sr. Exportador de miel
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. a los efectos de poner
en su conocimiento y para su consideración, el nuevo sistema para
el muestreo de la miel con destino a la exportación, para la realización
de análisis de presencia de metabolitos de nitrofuranos. El mismo
fue elaborado conjuntamente con el Area de Certificación de Exportaciones,
de la Dirección de Tráfico Internacional.-
En tal sentido, se recuerda que el muestreo actual es
un pool de 5 tambores de diferente origen por contenedor, conformándose
una sola muestra que se remite al Laboratorio de Red para su análisis.-
Esta operatoria se sigue con igual criterio para todos
los exportadores de miel,
cualquiera sean los antecedentes y avales presentados, como así
también de los antecedentes en cuanto a presencia de nitrofuranos
de la miel exportada.-
Por tal motivo, y considerando que existen algunas diferencias
en las presentaciones de los distintos exportadores, en cuanto a registros
de trazabilidad de miel, y autocontroles de producto, nos permitimos elaborar
el siguiente esquema, tendiente a simplificar algunas tramitaciones:
1.- EXPORTADORES
CATEGORÍA A:
En esta categoría se incorporará a aquellas
firmas exportadoras que presenten por escrito a la Coordinación
de Lácteos y Apícolas (SENASA) para su evaluación
y aprobación, documentación que avale trazabilidad y autocontroles
de miel.-
Para ello
deberán informar sobre los siguientes aspectos:
- Sistema de Trazabilidad utilizado por la firma, desde
Salas de Extracción (habilitadas, registradas o inscriptas, hasta
el depósito final de la mercadería o lugar de muestreo),
respondiendo a lo establecido en la Resolución SENASA 186/03, en
cuanto a planillas y documentación de aval.-
- Declaración Jurada de stock de tambores de miel
(presentada al 1º de diciembre de 2003), en la que se detalle cantidad
de tambores de miel en depósito, identificados con Nº de RENAPA
como origen de miel.-
- Responsable técnico.-
- Análisis de recepción de miel: metodología
analítica utilizada, justificaciones y avales técnicos de
la misma, antecedentes de uso, proveedor de materiales para análisis,
metodología de muestreo (indicar cantidad de muestras, criterio
de muestreo, frecuencia, etc.), y cualquier otra información adicional
al respecto.-
- Metodología operativa en caso de detección
de positivos: notificación al SENASA.-
- Declaración de intermediarios, con o sin depósito
propio, pero que intervengan en la cadena comercial del producto.-
El SENASA evaluará con carácter de alta
prioridad la información presentada por los exportadores a fin
de encuadrarlos (o no) en esta categoría.-
Para este grupo de exportadores, la metodología
de muestreo será la siguiente:
- El exportador deberá presentar ante el SENASA
paquetes o lotes de miel para exportación de no más de 125
(ciento veinticinco) TONELADAS, es decir 6 contenedores, sobre los cuales
se elegirá un tambor para toma de muestras oficial en laboratorio
de red por método HPLC doble masa.-
- Los restantes tambores, deben responder a la metodología
de muestreo basada en el programa presentado por el exportador.
- Por tratarse de un sistema de monitoreo, las partidas
involucradas en este sistema son autorizadas a salir del país (sin
certificación oficial, hasta tanto se obtenga el resultado analítico).-
- Si se detectara un caso de resultado positivo por método
HPLC doble masa en muestras oficiales, el/los contenedor/es que involucren
al tambor detectado como positivo, deberá volver al país,
interviniéndose la partida hasta determinar el grado de contaminación
de los distintos tambores.-
- El exportador de la partida del caso anterior, automáticamente
pasará a la CATEGORÍA B, por al menos 5 embarques consecutivos
con resultado negativo.-
2.- EXPORTADORES CATEGORÍA B:
En este caso, los exportadores solamente deben demostrar
ante el SENASA el
Sistema de Trazabilidad de la miel desde origen hasta el depósito
final de la
mercadería y/o lugar de muestreo, mediante el aporte de documentación
de aval y planillas de ingreso y egreso, tal como lo señala la
RESOLUCIÓN SENASA 186/03.-
Al no contar con sistema de autocontrol, la metodología oficial
de muestreo y análisis será la siguiente:
- El SENASA tomará al menos una muestra oficial
de un tambor al azar, por cada 20 (veinte) TONELADAS , es decir por cada
contenedor.-
- Las muestras oficiales deberán remitirse a laboratorio
de red para la detección de metabolitos de nitrofuranos por HPLC
doble masa.-
- La mercadería deberá permanecer intervenida
en depósito habilitado por SENASA hasta tanto se emitan los protocolos
analíticos correspondientes.-
3.- EXPORTACIONES
AL REINO UNIDO:
Por tratarse del único país a la fecha que
denunció oficialmente la presencia de
metabolitos de nitrofuranos en mieles argentinas, y a los efectos de garantizar
el 100% de la mercadería hacia aquel destino, se deberá
adoptar el siguiente
procedimiento:
- El SENASA tomará una muestra oficial por cada
SALA DE EXTRACCIÓN o Nº de RENAPA que compone el embarque.-
- La/s muestra/s tomadas, serán remitidas por el
exportador a laboratorios de la red para determinar metabolitos de nitrofuranos
por sistema HPLC doble masa.-
- La mercadería permanecerá intervenida
en depósito habilitado por SENASA hasta la emisión del protocolo
oficial.-
Finalmente cabe señalar que en todos los casos
(Categoría A, Categoría B y mercadería al Reino Unido),
los tambores identificados como positivos a metabolitos de nitrofuranos,
serán decomisados, previa realización de la contraverificación
correspondiente, si el exportador así lo solicita.-
Sin otro particular, y esperando que esta medida contribuya
a facilitar la operatoria de exportación, saludo muy atentamente.-
Coordinación
de Establecimientos Lácteos y Apícolas del SENASA.
MIEL:
SENASA CERTIFICO EXPORTACIONES
POR MÁS DE 154 MILLONES DE DÓLARES
Entre enero y noviembre el volumen del producto exportado sumó
68.108 toneladas, en tanto que el ingreso de divisas creció un 45
por ciento con respecto al mismo período del año pasado. El
principal destino fue Alemania.
Entre enero y noviembre de 2003 la certificación
de exportaciones de miel alcanzó las 68.108 toneladas por un valor
de 154.400.000 dólares, que representa un crecimiento del 45 por
ciento en el ingreso de divisas con respecto a igual periodo de 2002,
cuando se certificaron exportaciones por 106.744.000 dólares, informó
hoy el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).
El principal destino para la miel fue Alemania, hacia donde se registraron
envíos por 29.694 toneladas y un valor de 65.760.000 dólares.
De acuerdo a los registros del SENASA, entre enero y noviembre de 2003
también se certificaron exportaciones de miel a Gran Bretaña,
6.588 toneladas y 14.920.000 dólares; Australia, 5.653 toneladas
y 14.545.000 dólares; Italia, 5.781 toneladas y 13.136.000 dólares
y Canadá, 4.218 toneladas y 9.740.000 dólares.
También se registraron envíos a EE.UU., 3.874 toneladas,
Francia, 2.339 toneladas; España, 2.600 toneladas y Japón,
1.670 toneladas, entre otros mercados.
Normativa
El SENASA recuerda que la Resolución 353/02 establece la obligatoriedad
de que los tambores de miel destinados a la exportación provengan
de salas de extracción habilitadas, registradas o inscriptas, lo
que será determinado mediante la identificación de los tambores
en su zona planografiada con el número de sala de extracción.
Este número es otorgado por la Coordinación de Lácteos
y Apícolas del SENASA y las Oficinas Locales, mediante presentación
directa de la solicitud de inscripción, registro o habilitación.
En aquellas provincias que suscribieron convenio con SENASA, el trámite
de registro o inscripción debe realizarse en las dependencias de
los ministerios de agricultura y ganadería provinciales.
Como medida de excepción, durante la presente temporada, se dará
por cumplida esta exigencia con la identificación en los tambores
con el número de expediente de iniciación de trámite
de inscripción en sala de extracción.
Esta medida forma parte de un conjunto de acciones del organismo orientadas
a garantizar la trazabilidad del producto a los mercados externos, como
consecuencia de la aparición de metabolitos de nitrofuranos en
tambores de miel argentina en Europa, por la utilización de medicamentos
veterinarios de uso prohibido para el control de enfermedades de la colmena.-
Buenos
Aires, 05 de enero de 2004
MIEL:
SENASA CERTIFICO EXPORTACIONES
POR MÁS DE 148 MILLONES DE DÓLARES
Entre enero y octubre el volumen del producto exportado sumó 65.498
toneladas, en tanto que el ingreso de divisas creció un 51 por
ciento con respecto al mismo período del año pasado. El
principal destino fue Alemania. Nueva normativa para exportación
a partir del 1º de diciembre.
En los primeros diez meses de 2003 la certificación
de exportaciones de miel alcanzó las 65.498 toneladas por un valor
de 148.689.000 dólares, que representa un crecimiento del 51 por
ciento en el ingreso de divisas y un descenso del 9 por ciento en volumen
con respecto a igual periodo de 2002, cuando se certificaron exportaciones
por 62.294 toneladas y 98.298.000 dólares, informó hoy el
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).
El principal destino para la miel fue Alemania, hacia donde se registraron
envíos por 28.760 toneladas y un valor de 63.660.000 dólares.
De acuerdo a los registros del SENASA, entre enero y octubre de 2003 también
se certificaron exportaciones de miel a Gran Bretaña, 6.398 toneladas
y 14.477.000 dólares; Australia, 5.418 toneladas y 13.970.000 dólares;
Italia, 5.379 toneladas y 12.260.000 dólares y Canadá, 4.102
toneladas y 9.461.000 dólares.
También se registraron envíos a EE.UU., 3.852 toneladas,
Francia, 2.339 toneladas; España, 1.683 toneladas y Japón,
1.631 toneladas, entre otros mercados.
Plazos
El SENASA recuerda que a partir del próximo 1º de diciembre
de 2003 los tambores de miel, que se destinen a la exportación,
ya sea en forma directa o a través de intermediarios, deberán
provenir de salas de extracción inscriptas, registradas o habilitadas
por el organismo o los ministerios de Agricultura y Ganadería de
aquellas provincias que hayan suscripto convenio, e incluir dicho número
en la zona planografiada del tambor, en reemplazo del actual sistema de
identificación de tambores mediante el Registro Nacional de Productores
Apícolas (RENAPA).
Esta decisión modifica los plazos de inscripción determinados
por la Resolución 186/2003 que se extendían hasta agosto
de 2004 y se inscribe entre las medidas adoptadas por el organismo sanitario
para identificar en forma fehaciente el origen de la miel, como consecuencia
de la aparición, en agosto pasado, de residuos de medicamentos
de uso veterinario prohibidos en mieles argentinas en mercados del exterior.
Estas medidas se inscriben dentro de las acciones adoptadas por el SENASA
con el fin de mejorar el sistema de trazabilidad actual del sector apícola.
La Resolución SENASA Nº 186/03 explica detalladamente el procedimiento
a realizar y los registros que deberán llevar las salas para asegurar
el funcionamiento del sistema.
Buenos Aires, 25 de noviembre de 2003.-
SENASA REITERÓ QUE DESDE EL 1 DE DICIEMBRE SE EXIGIRÁ
LA TRAZABILIDAD DE LA MIEL DESDE LAS SALAS DEEXTRACCIÓN
A
partir de esta fecha, no se permitirán los envíos, ya
sea en forma directa o a través de intermediarios, de tambores
de miel que provengan de establecimientos no autorizados
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA)
y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos
(SAGPyA) les recuerdan que a partir del próximo 1º de
diciembre de 2003 los tambores de miel, que se destinen a la exportación,
ya sea en forma directa o a través de intermediarios, deberán
provenir de salas de extracción inscriptas, registradas o habilitadas
por el organismo nacional o por los Ministerios de Agricultura y Ganadería
de aquellas provincias que hayan suscripto convenio, e incluir dicho
número en la zona planografiada del tambor, en reemplazo del
actual sistema de identificación de tambores mediante el Registro
Nacional de Productores Apícolas (RENAPA). Con el simple inicio
del trámite de autorización de la sala, se obtendrá
un número con el que se podrá comercializar durante
esta temporada.
Esta decisión modifica los plazos de inscripción determinados
por la Resolución 186/2003 que se extendían hasta agosto
de 2004 y se inscribe entre las medidas adoptadas por el organismo
sanitario para identificar en forma fehaciente el origen de la miel,
como consecuencia de la aparición, en agosto pasado, de residuos
de medicamentos de uso veterinario prohibidos en mieles argentinas
en mercados del exterior.
Estas medidas se inscriben dentro de las acciones adoptadas por el
SENASA con el fin de mejorar el sistema de trazabilidad actual del
sector apícola.
La Resolución SENASA Nº 186/03 explica detalladamente
el procedimiento a realizar y los registros que deberán llevar
las salas para asegurar el funcionamiento del sistema. Todos los productores
que cuenten con el número de habilitación otorgado por
SENASA, previo a la vigencia de la normativa, se encuentran enmarcados
en ella y no deben realizar ningún trámite adicional.
En el caso de tratarse de salas comunitarias, se recuerda a sus responsables
que deben llevar todos los registros correspondientes y asegurarse
que cada productor que extraiga, cuente con el Nº de RENAPA correspondiente.
Aunque el nuevo sistema, reemplaza la identificación del RENAPA
por el número de sala de extracción de la miel, se recuerda
que todos los productores deben contar con el Nº de RENAPA, sobre
todo si no poseen sala propia y extraen en sala de terceros. El RENAPA
continúa siendo obligatorio ya que lo acredita como productor
apícola y la credencial le será requerida para todo
trámite.
Sistema
Además el SENASA estudia implementar una nueva metodología
de análisis que permita obtener los resultados en forma más
rápida al actual sistema. Se trata de los kits que analizan
dos de los cuatro analitos provenientes de los nitrofuranos, que son
los que se hallan con mayor frecuencia en las mieles.
Técnicos del organismo también analizan la posibilidad
de incorporar a la Red de Laboratorios del SENASA a establecimientos
europeos otorgándoles validez oficial a los análisis
que estos realicen.
Muestras
En el marco de las medidas adoptadas por el SENASA desde agosto, se
han realizado en nuestro país previo a la exportación,
más de un centenar de análisis oficiales en cargamentos
de miel que arrojaron resultados positivos en aproximadamente un 20
por ciento de las muestras.
Con respecto al origen de los nitrofuranos hallados en la miel, el
SENASA continúa realizando análisis de productos denunciados
por los productores y exportadores. Hasta el momento se ha constatado
que se trata de productos ilegales, y existe una investigación
abierta para detectar al o los responsables de su fabricación.
En tal sentido el SENASA solicitó a los productores apícolas,
que mantengan la inocuidad de los productos de sus colmenas, evitando
contaminarlos con residuos químicos y que sólo utilicen
productos veterinarios habilitados por el organismo.
Exportaciones
En los primeros nueve meses de 2003 la certificación de exportaciones
de miel alcanzó las 64.212 toneladas por un valor de 145.813.000
dólares, según los registros del SENASA. El principal
destino para la miel fue Alemania, hacia donde se exportaron 28.575
toneladas por un valor de 63.248.000 dólares. También
se envió el producto a Gran Bretaña, Italia, Australia
y EE.UU., entre otros mercados.
Buenos
Aires, 17 de noviembre de 2003.-
LAS EXPORTACIONES DE MIEL DEJARON
MÁS DE 145 MILLONES DE DÓLARES
Entre enero y septiembre de 2003 el volumen del producto
exportado sumó 64.212 toneladas. El ingreso de divisas creció
un 67 por ciento con respecto al mismo período del año
pasado. El principal destino fue Alemania.
En los primeros nueve meses de 2003 la certificación de exportaciones
de miel alcanzó las 64.212 toneladas por un valor de 145.813.000
dólares, que representa un crecimiento del 67 por ciento en
el ingreso de divisas, en tanto que el volumen bajó el 1 por
ciento con respecto a igual periodo de 2002, cuando se certificaron
exportaciones por 66.889 toneladas y 87.065.000 dólares, informó
hoy el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).
El principal destino para la miel fue Alemania, hacia donde se exportaron
28.575 toneladas por un valor de 63.248.000 dólares.
De acuerdo a los registros del organismo sanitario, entre enero y
septiembre de 2003 también se certificaron exportaciones de
miel a Gran Bretaña, 6.228 toneladas y 14.090.000 dólares;
Italia, 5.282 toneladas y 12.075.000 dólares; Australia, 5.257
toneladas y 13.581.000 dólares y EE.UU., 3.832 toneladas y
9.188.000 dólares.
También se registraron envíos a Canadá, 3.716
toneladas, Francia, 2.258 toneladas; España, 2.195 toneladas;
Japón, 1.611 toneladas y Arabia Saudita, 1.460 toneladas, entre
otros mercados.
Plazo
El SENASA reitera que a partir del próximo
1º de diciembre de 2003 los tambores de miel, que se destinen
a la exportación, ya sea en forma directa o a través
de intermediarios, deberán provenir de salas de extracción
inscriptas, registradas o habilitadas por el organismo o los ministerios
de Agricultura y Ganadería de aquellas provincias que hayan
suscripto convenio, e incluir dicho número en la zona planografiada
del tambor, en reemplazo del actual sistema de identificación
de tambores mediante el Registro Nacional de Productores Apícolas
(RENAPA).
Esta decisión modifica los plazos de inscripción determinados
por la Resolución 186/2003 que se extendían hasta agosto
de 2004 y se inscribe entre las medidas adoptadas por el organismo
sanitario para identificar en forma fehaciente el origen de la miel,
como consecuencia de la aparición de residuos de medicamentos
de uso veterinario prohibidos en mieles argentinas en mercados del
exterior.
En este sentido
el SENASA solicitó a los productores apícolas,
que mantengan la inocuidad de los productos de sus colmenas, evitando
contaminarlos con residuos químicos.
Buenos Aires, 21 de octubre de 2003.
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