|
1. - INTRODUCCIÓN
Se entiende
por Certificación de un Producto al acto por el cual
una tercera parte independiente (Entidad Certificadora) verifica
que un producto es producido y/o comercializado en conformidad,
de manera voluntaria, con especificaciones preestablecidas
en un Pliego de Condiciones/Protocolo o en una Norma.
El Pliego
de Condiciones define las especificaciones técnicas
a respetar, así como también los tipos y frecuencia
de los controles de las mismas. Las especificaciones pueden
ser entre otras: criterios puntuales (origen del producto,
ausencia de sustancias prohibidas, modo de producción,
valor nutricional, etc.), aspectos de producción orgánica
o bien una calidad de producto superior.
Las especificaciones
obligatorias o reglamentarias no pueden ser certificadas,
ya que está implícito su cumplimiento. Por eso,
las especificaciones técnicas certificables no contradicen
a las mismas, sino que tienen por objeto diferenciar el Producto
Certificado de aquellos obtenidos en producciones convencionales.
Estas especificaciones técnicas certificables contemplan
las exigencias de los consumidores, que son los que en definitiva
van a asumir el costo del valor agregado de los productos
certificados. La Certificación de Producto es realizada
por una Empresa Certificadora, la misma debe ser independiente
de la cadena de producción y de los consumidores.
Los Pliegos
de Condiciones se escriben dentro del marco de la certificación
de los productos con especificaciones de tipo Normativo.
El marco
de este trabajo está definido por el decreto N? 1474/94.
SISTEMA NACIONAL DE NORMAS, CALIDAD Y CERTIFICACIÓN.
Los Pliegos
de Condiciones del Organismo Certificador definen las especificaciones
técnicas mínimas y la Organización Calidad
que se debe establecer una Empresa o Establecimiento para
la certificación de un producto. Este documento se
puede utilizar tal cual o se puede completar con especificaciones
más precisas sobre ciertos puntos (Pliego de Condiciones
derivado). Pero en todos los casos, un Pliego de Condiciones
para la Certificación de un Producto sólo podrá
ser aceptado por la Entidad Certificadora si el mismo respeta
como mínimo las especificaciones previstas en el documento.
En lo
que se refiere a la Diferenciación de la Miel por Calidad
Certificada, se tienen en cuenta un conjunto de especificaciones
técnicas. En general las principales especificaciones
propuestas conciernen a:
• las Buenas Prácticas en la Producción,
Cosecha, Extracción, Envasado, Transporte y Almacenamiento
de la Miel Tipificada,
• los registros en la identificación de los Apiarios,
Colmenas y su producción de Miel desde su origen hasta
su Acopio y/o Exportación,
• el Plan de Control (realizado por la Entidad Certificadora).
Con la
Certificación de Producto se garantiza a los consumidores
(destinatario final del producto) y a los clientes (mayoristas,
exportadores, supermercados, etc.) el respeto del sector productivo
a las especificaciones definidas en los Pliegos de Condiciones.
Las especificaciones deben contemplar los requerimientos de
los consumidores y de los clientes.
La Certificación
de Producto puede ser utilizada como una herramienta comercial
para:
•
Acceder a nuevos mercados,
• Establecerse en mercados existentes,
• Incrementar la venta de determinados productos,
• Bien para lograr un valor agregado en los productos.
Esto logros
son atribuibles a la garantía que aporta la Certificación
sobre la calidad de los productos que detentan un sello o
logo de Certificación de una Empresa Certificadora
reconocida.
Las empresas
al igual que sus clientes se benefician con estos Sistemas
pues acceden a mayor cantidad de clientes y mercados, obtienen
un valor agregado para sus productos, reducen costos de producción,
etc.
2.
- ASPECTOS TECNICOS A TENER EN CUENTA PARA LA CERTIFICACION
DE MIEL
Para lograr la certificación de producto (en este caso
Miel), es necesario distinguir varios niveles de conformidad
del producto.
2. 1. - CONFORMIDAD CON ASPECTOS REGLAMENTARIOS
Los productos
y los Establecimientos de Producción, Extracción,
Acopio, y Depósito de Miel deberán estar conformes
a la reglamentación en vigor, en particular las siguientes:
- Registro
Provincial de Apicultores (según que provincia corresponda),
- Resolución SENASA 220/95 y sus modificatorios,
- Resolución SAGPyA 121/98 y sus modificatorios,
- Código Alimentario Argentino Actualizado, Anexo Mercosur.
- Decreto 42/38 y sus modificaciones,
- RENSPA,
- Plan CREHA del SENASA.
Es implícito
el respeto de esta reglamentación.
2.2.
- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Las especificaciones
técnicas tienen por objeto describir a todo lo largo
del proceso de producción, cosecha, extracción,
envasado, transporte y almacenamiento de miel, las características
técnicas que deben respetar para que los productos
finales puedan ser certificados.
El producto
sólo puede ser certificado cuando todos los criterios
del Pliego de Condiciones han sido verificados y declarados
conformes a las especificaciones.
Las especificaciones
conciernen esencialmente a las características intrínsecas
o propias del producto en las diferentes etapas de la producción.
Si el producto no está conforme a una o varias especificaciones,
en ningún caso puede ser certificado.
3. - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
3.1.- EL PRODUCTO
En lo
que concierne a la certificación propuesta concierne
únicamente al producto miel tipificada envasada en
tambores nuevos precintados, que está producida, cosechada,
procesada, envasada, transportada y almacenada bajo buenas
prácticas de manejo y manufactura.
|
VOCABULARIO
- Certificación del producto:
Acción por la cual una tercera parte demuestra
que un producto, debidamente identificado, esté
conforme, a un pliego de Condiciones.
-
Desinfección:
Es la reducción, mediante agentes químicos
o métodos físicos adecuados, del número
de microorganismos en el edificio, instalaciones, maquinarias
y utensilios, a un nivel que no de lugar a contaminación
del alimento que se elabora.
-
Limpieza:
Es la eliminación de tierra, restos de alimentos,
polvo, u otras materias objetables.
-
Operador:
Término genérico para designar cualquier
empresa que participe en la producción o en la
elaboración o la distribución del producto
certificado.
-
Organismo Certificador:
Organismo independiente, competente e imparcial que
realiza la certificación de productos y empresas.
-
Organismo Gestor:
Licenciatario bajo la égida del cual se establece
una certificación de producto. El Organismo Gestor
es el punto de contacto entre los operadores y el Organismo
Certificador.
-
Plagas:
Los animales capaces de contaminar directa o indirectamente
los alimentos.
-
Pliego de condiciones:
Documento que describe las especificaciones técnicas
que debe satisfacer un producto para ser certificado,
así como los controles efectuados para garantizar
la conformidad de este producto.
-
Plan de control:
Conjunto de los controles realizados por el organismo
Certificador a nivel del licenciatario y de los diferentes
operadores.
-
Producto Certificable:
Producto debidamente identificado, en curso de elaboración
que aún no se ha sometido a todos los controles
y verificaciones que le permiten ser certificado.
-
Producto Certificado:
Producto debidamente identificado que responde a todos
los criterios de un pliego de condiciones.
-
Sistema documental:
Conjunto de los documentos que describe la organización
calidad. El sistema documental comprende:
• el manual calidad que describe la organización
general del sistema calidad de un empresa,
• los procedimientos que describen de forma detallada
las acciones a aplicar para garantizar que el producto
respete las especificaciones,
• los registros.
-
Solicitante:
Empresa u Organismo que trata de obtener el derecho
de explotación de un Certificado otorgado por
un Organismo Certificador. Una vez obtenido este certificado,
se convierte en licenciatario.
|
|