Certificación de miel
según protocolo


Portal Apícola
(08/07/04) Primera entrega: Introducción, Aspectos técnicos a tener en cuenta para la certificación de la miel, Especificaciones Técnicas, Vocabulario.


1. - INTRODUCCIÓN

Se entiende por Certificación de un Producto al acto por el cual una tercera parte independiente (Entidad Certificadora) verifica que un producto es producido y/o comercializado en conformidad, de manera voluntaria, con especificaciones preestablecidas en un Pliego de Condiciones/Protocolo o en una Norma.

El Pliego de Condiciones define las especificaciones técnicas a respetar, así como también los tipos y frecuencia de los controles de las mismas. Las especificaciones pueden ser entre otras: criterios puntuales (origen del producto, ausencia de sustancias prohibidas, modo de producción, valor nutricional, etc.), aspectos de producción orgánica o bien una calidad de producto superior.

Las especificaciones obligatorias o reglamentarias no pueden ser certificadas, ya que está implícito su cumplimiento. Por eso, las especificaciones técnicas certificables no contradicen a las mismas, sino que tienen por objeto diferenciar el Producto Certificado de aquellos obtenidos en producciones convencionales.

Estas especificaciones técnicas certificables contemplan las exigencias de los consumidores, que son los que en definitiva van a asumir el costo del valor agregado de los productos certificados. La Certificación de Producto es realizada por una Empresa Certificadora, la misma debe ser independiente de la cadena de producción y de los consumidores.

Los Pliegos de Condiciones se escriben dentro del marco de la certificación de los productos con especificaciones de tipo Normativo.

El marco de este trabajo está definido por el decreto N? 1474/94. SISTEMA NACIONAL DE NORMAS, CALIDAD Y CERTIFICACIÓN.

Los Pliegos de Condiciones del Organismo Certificador definen las especificaciones técnicas mínimas y la Organización Calidad que se debe establecer una Empresa o Establecimiento para la certificación de un producto. Este documento se puede utilizar tal cual o se puede completar con especificaciones más precisas sobre ciertos puntos (Pliego de Condiciones derivado). Pero en todos los casos, un Pliego de Condiciones para la Certificación de un Producto sólo podrá ser aceptado por la Entidad Certificadora si el mismo respeta como mínimo las especificaciones previstas en el documento.

En lo que se refiere a la Diferenciación de la Miel por Calidad Certificada, se tienen en cuenta un conjunto de especificaciones técnicas. En general las principales especificaciones propuestas conciernen a:
• las Buenas Prácticas en la Producción, Cosecha, Extracción, Envasado, Transporte y Almacenamiento de la Miel Tipificada,
• los registros en la identificación de los Apiarios, Colmenas y su producción de Miel desde su origen hasta su Acopio y/o Exportación,
• el Plan de Control (realizado por la Entidad Certificadora).

Con la Certificación de Producto se garantiza a los consumidores (destinatario final del producto) y a los clientes (mayoristas, exportadores, supermercados, etc.) el respeto del sector productivo a las especificaciones definidas en los Pliegos de Condiciones. Las especificaciones deben contemplar los requerimientos de los consumidores y de los clientes.

La Certificación de Producto puede ser utilizada como una herramienta comercial para:

• Acceder a nuevos mercados,
• Establecerse en mercados existentes,
• Incrementar la venta de determinados productos,
• Bien para lograr un valor agregado en los productos.

Esto logros son atribuibles a la garantía que aporta la Certificación sobre la calidad de los productos que detentan un sello o logo de Certificación de una Empresa Certificadora reconocida.

Las empresas al igual que sus clientes se benefician con estos Sistemas pues acceden a mayor cantidad de clientes y mercados, obtienen un valor agregado para sus productos, reducen costos de producción, etc.

2. - ASPECTOS TECNICOS A TENER EN CUENTA PARA LA CERTIFICACION DE MIEL


Para lograr la certificación de producto (en este caso Miel), es necesario distinguir varios niveles de conformidad del producto.
2. 1. - CONFORMIDAD CON ASPECTOS REGLAMENTARIOS

Los productos y los Establecimientos de Producción, Extracción, Acopio, y Depósito de Miel deberán estar conformes a la reglamentación en vigor, en particular las siguientes:

- Registro Provincial de Apicultores (según que provincia corresponda),
- Resolución SENASA 220/95 y sus modificatorios,
- Resolución SAGPyA 121/98 y sus modificatorios,
- Código Alimentario Argentino Actualizado, Anexo Mercosur.
- Decreto 42/38 y sus modificaciones,
- RENSPA,
- Plan CREHA del SENASA.

Es implícito el respeto de esta reglamentación.

2.2. - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

Las especificaciones técnicas tienen por objeto describir a todo lo largo del proceso de producción, cosecha, extracción, envasado, transporte y almacenamiento de miel, las características técnicas que deben respetar para que los productos finales puedan ser certificados.

El producto sólo puede ser certificado cuando todos los criterios del Pliego de Condiciones han sido verificados y declarados conformes a las especificaciones.

Las especificaciones conciernen esencialmente a las características intrínsecas o propias del producto en las diferentes etapas de la producción. Si el producto no está conforme a una o varias especificaciones, en ningún caso puede ser certificado.


3. - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
3.1.- EL PRODUCTO

En lo que concierne a la certificación propuesta concierne únicamente al producto miel tipificada envasada en tambores nuevos precintados, que está producida, cosechada, procesada, envasada, transportada y almacenada bajo buenas prácticas de manejo y manufactura.

VOCABULARIO


- Certificación del producto:
Acción por la cual una tercera parte demuestra que un producto, debidamente identificado, esté conforme, a un pliego de Condiciones.

- Desinfección:
Es la reducción, mediante agentes químicos o métodos físicos adecuados, del número de microorganismos en el edificio, instalaciones, maquinarias y utensilios, a un nivel que no de lugar a contaminación del alimento que se elabora.

- Limpieza:
Es la eliminación de tierra, restos de alimentos, polvo, u otras materias objetables.

- Operador:
Término genérico para designar cualquier empresa que participe en la producción o en la elaboración o la distribución del producto certificado.

- Organismo Certificador:
Organismo independiente, competente e imparcial que realiza la certificación de productos y empresas.

- Organismo Gestor:
Licenciatario bajo la égida del cual se establece una certificación de producto. El Organismo Gestor es el punto de contacto entre los operadores y el Organismo Certificador.

- Plagas:
Los animales capaces de contaminar directa o indirectamente los alimentos.

- Pliego de condiciones:
Documento que describe las especificaciones técnicas que debe satisfacer un producto para ser certificado, así como los controles efectuados para garantizar la conformidad de este producto.

- Plan de control:
Conjunto de los controles realizados por el organismo Certificador a nivel del licenciatario y de los diferentes operadores.

- Producto Certificable:
Producto debidamente identificado, en curso de elaboración que aún no se ha sometido a todos los controles y verificaciones que le permiten ser certificado.

- Producto Certificado:
Producto debidamente identificado que responde a todos los criterios de un pliego de condiciones.

- Sistema documental:
Conjunto de los documentos que describe la organización calidad. El sistema documental comprende:
• el manual calidad que describe la organización general del sistema calidad de un empresa,
• los procedimientos que describen de forma detallada las acciones a aplicar para garantizar que el producto respete las especificaciones,
• los registros.

- Solicitante:
Empresa u Organismo que trata de obtener el derecho de explotación de un Certificado otorgado por un Organismo Certificador. Una vez obtenido este certificado, se convierte en licenciatario.

 


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